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Preguntas frecuentes

Preguntas más comunes sobre nuestros fideicomisos y servicios.

Si el beneficiario fallece antes que el socio fallecido, entonces el porcentaje asignado del beneficiario fallecido se distribuye proporcionalmente entre el resto de los beneficiarios. Si el beneficiario fallece posterior al socio fallecido, entonces su porcentaje se entregará a los beneficiarios del beneficiario fallecido quienes serán determinados por un juez. (Acta de juicio in testamentario del beneficiario) Si fallecen todos los beneficiarios antes del socio fallecido entonces los nuevos beneficiarios serán determinados por un juez. (Acta de juicio intestamentario del socio)

Sí es posible designar beneficiarios menores de edad. En el entendido de que al momento de pagar el beneficio a los menores se deberán de adicionar los documentos que amparen la tutoría de esos menores. (Acta de juicio de tutoría)

Tener menos de 81 años de edad al momento de inscribirse. En el caso de los socios fundadores, tener menos de 81 años de edad al momento que el programa inicie operaciones.

Solo ser trabajador de base sin límites de edad.

Tener menos de 28 y 30 años de servicio, al día de cierre según generación correspondiente, para mujeres y hombres respectivamente, sin límite de edad.

Los representantes de socios reciben capacitación constante, además de que tienen la oportunidad de participar en la conformación de alguno de los órganos de administración como: comité técnico, consejo de vigilancia, comisión de auditoría, etc.

Sí es posible designar beneficiarios menores de edad. En el entendido de que al momento de pagar el beneficio a los menores se deberán de adicionar los documentos que amparen la tutoría de esos menores (acta de juicio de tutoría).

Puedes consultar la página www.dafi.com.mx en la sección de “dudas o comentarios sobre JUBICOM”, en la cual podrás mandar un correo electrónico sobre tus dudas y por este mismo medio o vía telefónica se te dará una respuesta.

Los recursos se generan de las inversiones bancarias de los recursos financieros y principalmente del programa de préstamos.

Porque este es un beneficio colateral y representa una herramienta de inversión dentro del fideicomiso, por lo que es un servicio distinto a los beneficios básicos del programa. Este tipo de servicios es similar al que ofrecen las SIEFORES (Sociedades de Inversión Especializada en Fondos para el Retiro) a las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) para que inviertan los recursos de los trabajadores a lo largo de su vida laboral.

Si pueden participar, solo tendrán que llenar el formato de domiciliación de pagos para poder realizarle los descuentos directamente en su cuenta bancaria.

El monto mínimo de participantes será de 5,000 afiliados. La fecha tentativa a celebrar la asamblea constitutiva se determinará en el trascurso de la promoción.

Si el beneficiario fallece antes que el socio fallecido, entonces el porcentaje asignado del beneficiario fallecido se distribuye proporcionalmente entre el resto de los beneficiarios. Si el beneficiario fallece posterior al socio fallecido, entonces su porcentaje se entregará a los beneficiarios del beneficiario fallecido quienes serán determinados por un juez (acta de juicio in testamentario del beneficiario). Si fallecen todos los beneficiarios antes del socio fallecido entonces los nuevos beneficiarios serán determinados por un juez (acta de juicio intestamentario del socio).

La única razón sería que en la asamblea general de representantes socios tomará decisiones sin fundamento financiero, que atenten contra la factibilidad y viabilidad del programa, en contra de la asesoría proporcionada por DAFI.